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Resumen de las medidas económicas adoptadas frente al COVID-19

Resumen de las medidas económicas adoptadas frente al COVID-19

MEDIDAS ECONÓMICAS APROBADAS POR EL GOBIERNO.

  • Moratoria en el pago de hipotecas a trabajadores afectados por la crisis del covid-19: Con esta medida se podrán beneficiar los trabajadores que hayan generado un menor ingreso o puedan quedar desempleados por el estado de alarma, donde se han frenado radicalmente sectores muy importantes para la economía de nuestro país, como el turismo, la automoción y una gran parte del comercio, donde la población se ha visto obligada a quedarse en sus domicilios para evitar la expansión del virus.

 

  • No se podrá cortar el agua, la luz o el gas a los sectores más vulnerables de nuestra población: El Gobierno va a impedir que las compañías dejen de abastecer los suministros básicos como la luz, el agua y el gas a aquellas personas que pertenezcan al sector de la población que tiene más riesgo por esta crisis. Si fuera necesario el Gobierno podría intervenir en empresas para poder asegurar el suministro.

 

  • Los ERTE no consumirán desempleo y se podrá cobrar el paro aunque no se llegue al minimo de cotización: Las personas que se vean afectadas por un ERTE (expedientes de regulación temporal del empleo) podrán cobrar el paro sin consumir sus derechos generados de prestación por desempleo. Asimismo no se contabilizará el tiempo que el trabajador cobre esta prestación. Por otra parte las empresas no pagarán las cuotas de la Seguridad Social para intentar evitar que el número de despidos se eleve en esta crisis provocada por el coronavirus.

 

  • Reducciones de jornada para cuidados: Las personas que se vean obligadas a atender a familiares, de hasta segundo grado (hermanos, nietos y abuelos), podrán acogerse a una reducción del horario laboral de hasta el 100% sin que puedan ser despedidos.

 

  • Avales públicos de 100.000 millones de euros para pedir créditos: Pedro Sánchez, ha anunciado la creación de una línea de avales públicos de 100.000 millones de euros. Aquellas empresas que necesiten un crédito pueden solicitarlo mediante la banca privada, que estará respaldada por este aval ingresado directamente del Estado. Se trata de una medida diferente a la de los 200.000 millones de euros en créditos públicos.

 

  • Los autónomos que vean reducidos sus ingresos, podrán recibir una prestación por falta de actividad: Entre las numerosas medidas que se adoptaron la semana pasada, se incluye una para los autónomos. La prestación será para aquellos autónomos que hayan tenido que suspender su actividad o que sus ingresos se hayan visto reducidos al 75%. Con dicha medida se intentará frenar los efectos negativos de la crisis y facilitar el cobro (“paro de autónomos”). El Presidente del Gobierno afirmó que el cobró de esta prestación podrá ser compatible con la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social y con la aprobación de un ERTE para sus empleados.

 

  • Protección de empresas estratégicas ante OPAs extranjeras: Tan solo hace 2 semanas el Ibex 35 perdía un 20% de su valor y ponía en serios problemas a grandes empresas como Telefónica, Banco Santander o BBVA. Con esta medida el Gobierno protege a las grandes empresas españolas de compañías que no pertenezcan a la UE  y que quieran aprovecharse de la situación para poder adquirir alguna de dichas organizaciones, debido al desplome de su cotización en la Bolsa.

 

  • Blindaje para trabajadores discontinuos: Se ponen en marcha prestaciones específicas para trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial y cooperativistas en materia de prestaciones por desempleo.

 

  • 300 millones de euros para reforzar los servicios sociales: Destinada a la atención de las personas mayores, sin hogar, en residencias y dependientes.

 

  • Ayudas a la investigación científica: 30 millones de euros para la investigación de una vacuna contra el covid-19.

 

  • Flexibilización de la regla de gasto para los ayuntamientos: 300 millones de euros irán destinados a la flexibilización de la regla de gasto para que los ayuntamientos puedan usar su superávit siempre que se invierta en la atención social.

 

  • Prórroga automática de las prestaciones por desempleo: Aquellas personas que se encuentren en desempleo y estén recibiendo una prestación, verán prorrogada dicha prestación sin la necesidad de renovar presencialmente. Las oficina de atención a los desempleados se atienden telemáticamente.

 

  • Alquileres: quedan completamente suspendidos los desahucios por alquiler durante 6 meses para las personas consideradas vulnerables frente a esta situación. Además se aprueba una prórroga de otros 6 meses para los contratos que estén a punto de cumplirse. Para el mismo colectivo, se van a conceder microcréditos sin intereses y sin comisiones, a devolver hasta en 10 años. El Gobierno asegurará que los propietarios puedan recibir el 100% de sus rentas, mientras que los grandes propietarios (10 viviendas o más) deberán asumir parte del impacto.

 

  • Empleadas del hogar y trabajadores temporales: prestación por desempleo extraordinaria para los empleados del hogar que equivale al 70% de su cotización. Para los trabajadores temporales, cuyo contrato finaliza durante este estado de alarma se ha aprobado una ayuda por valor de 440 euros mensuales.

 

  • Ampliación de la moratoria de hipotecas: las personas afectadas por la pérdida del empleo o reducción de sus ingresos se les aplicará una moratoria en el pago de las hipotecas por 3 meses. En dicha moratoria se incluye también a los autónomos. 

 

  • Autónomos: aplazamiento del pago de la cotización de los meses de: mayo, junio y julio durante 6 meses sin intereses. También se les ofrece un aplazamiento en el pago de las deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.

 

  • Prohibición de la publicidad del juego online: la publicidad de este tipo queda restringida al horario de 1:00 a 5:00 de la mañana en todos los medios.

 

  • Moratoria de pago en los créditos al consumo y reembolso de viajes: moratoria de 3 meses a los créditos de consumo para las personas más vulnerables a esta crisis económica, ésta podría ser ampliable si fuera necesario. Para los contratos de compraventa de bienes y prestación de servicios que no puedan ser ejecutados debido al estado de alarma, se ofrece la posibilidad de resolver los contratos con un plazo de 14 días. Por otra parte, en los casos de prestaciones de servicios que incluyan varios proveedores, el consumidor podrá optar al reembolso o en otros casos a uso de un bono que será entregado por el organizador y que podrá ser utilizado en un plazo de 1 año desde que finalice el estado de alarma. Si finalmente no se llega a utilizar dicho bono se podrá solicitar el reembolso.

 

  • Planes de pensiones: aquellas personas que dispongan de un plan de pensiones y que se haya visto afectado por el desempleo, por un ERTE o cese de negocio, podrán recuperar sus ahorros, con un importe máximo no superior a los salarios dejados a percibir.

 

  • Portabilidad telefónica: los consumidores podrán cambiar de compañía de forma gratuita y conservando su número de teléfono, siempre que no suponga un desplazamiento de un técnico a su domicilio para la instalación de cualquier equipo. Se prohíbe que las operadoras puedan aumentar el precio de la tarifa durante el estado de alarma.

 

  • Violencia de género: se mantiene como servicios esenciales la atención a víctimas de violencia de género y se ha reforzado las ayudas a personas que sufren de violencia machista.

 

MEDIDAS ECONOMICAS APROBADAS POR LA COMUNIDAD DE MADRID.

PLAN CONTINÚA.

El propósito de la asistencia es asegurar la continuidad de su negocio y evitar la reducción de actividades debido a las dificultades causadas por la crisis de sanitaria del COVID-19, evitando así el abandono de los negocios por la falta de liquidez. 

¿Qué incluye la asistencia? 

La ayuda consiste en el abono del importe de las cotizaciones sociales correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020, de los trabajadores autónomos en dificultades, como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID19. 

¿Quién puede solicitar asistencia? 

Todos los trabajadores que participan en actividades en la Comunidad de Madrid, registrados en el sistema especial de seguridad social de trabajadores independientes o por cuenta propia (RETA), incluidos los miembros de cooperativas, empresas laborales y empresas comerciales, o están incluidos en el fondo mutuo de bienestar social que cumple cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. La situación de estado de emergencia causada por COVID-19 tuvo un impacto negativo en sus actividades. 
  2. En comparación con febrero o marzo de 2019, que la facturación en marzo de 2020 se haya visto reducida en al menos un 30%.

¿Qué requisitos me pedirán?

  1. Realizar actividades en la comunidad de Madrid.
  2. Experimentó cualquier suceso identificado en la sección anterior.
  3. Estar dadas de alta en el RETA, o incorporadas a la mutua de previsión social correspondiente, hayan tenido o no que suspender su actividad de manera temporal. 
  4. Permanecer de alta en el RETA, o incorporadas a la mutua de previsión social correspondiente, durante, al menos, los tres meses siguientes al abono de la subvención. 
  5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social o la Mutua de Previsión Social correspondiente según el caso. 

¿Cuál es la fecha límite para enviar solicitudes? 

La solicitud puede presentarse dentro de un mes después de que el acuerdo entre en vigencia (una vez que el acuerdo se publique en BOCM). La solicitud  y los documentos que la acompañan serán presentados únicamente electrónicamente.

¿Cuál es la cantidad de asistencia?

El importe de la subvención será igual a las cuotas de marzo y abril del Plan Especial para Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, que se calcula en función de la base de contribución mínima del plan para accidentes comunes, que es de 534 euros.

¿Es compatible con otros?

No podrán optar a estas ayudas los que hayan sido beneficiados por:

  1. La prestación extraordinaria por cese de actividad contemplada en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. 
  2. De ayudas o bonificaciones de cuotas a la mutua de previsión social correspondiente. 
  3. Del Programa Impulsa para autónomos en dificultades.

 

La Comunidad Autónoma de Madrid aprueba las bases para pagar las cuotas de marzo y abril a los autónomos de la zona.

  • La cifra otorgada a estas subvenciones es de 38.2 millones, que se podrán pedir un mes después de su anuncio en el BOCM.
  • Con el Plan Impulsa, se asignan 17 millones en ayudas directas de hasta 3.200 euros.
  • Con la firma del convenio con Avalmadrid las Pymes y los autónomos podrán conseguir financiación inmediata

Para acceder a estas ayudas los requisitos son:

  • Estar al corriente de pago de las obligaciones : tributarias y con la Seguridad Social 
  • Presentar una declaración responsable que acredite un descenso de facturación de al menos el 30% y comprometa el mantenimiento de alta en el RETA durante los tres meses siguientes a su abono.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social o la Mutua de Previsión Social correspondiente según el caso. 

 

MEIDAS ECONÓMICAS APROBADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA.

El Ayuntamiento de Fuenlabrada se adapta a la crisis sanitaria y pone en marcha unas medidas fiscales para superar el impacto económico y social que está ocasionando la pandemia del COVID-19.

Se prevé cambios en las ordenanzas fiscales y la reformulación del presupuesto para atender a familias, personas mayores y para dar liquidez a empresas y autónomos.

Algunas de estas iniciativas son:

  • La ampliación del periodo voluntario de pago del  Impuesto de Vehículos y la Tasa de Vados que en vez de finalizar el 30 de abril, finalizará el 1 de junio.
  • El aplazamiento del primer plazo del  del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) no se pondrá al cobro hasta el mes de junio.
  • El aplazamiento y fraccionamiento del pago de tributos para autónomos y PYMES de Fuenlabrada para así reforzar su liquidez.
  • Se eliminan las tasas por ocupación del dominio público (afectan a negocios con terraza) mientras estemos en Estado de Alarma, y lo que estaba ya abonado se devolverá.
  • Se aplaza el cobro de los planes personalizados de pago.
  • Ampliación del periodo voluntario de pago de todas las liquidaciones emitidas y notificadas.
  • Se suspenden los procedimientos de embargo y la emisión de notificaciones durante el Estado de Alarma.

 

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